miércoles, 12 de mayo de 2010

Función Social del Derecho


Según la doctrina, para que una sociedad en su conjunto funcione adecuadamente, deben atenderse los siguientes aspectos considerados como funciones sociales del derecho:
  • Función de orientación social.
  • Función de integración o control social.
  • Función de tratamiento y resolución de conflictos.
  • Función de legitimación del poder.
El derecho actúa en la sociedad como función social regulatoria, haciendo que los sujetos se comporten de un modo determinado respetando los parámetros que la misma norma manda o prohíba, utilizando para ello técnicas protectoras, represivas, organizativas, directivas, regulativas y de control público, concediendo así deberes jurídicos positivos y formando estructuras sociales y económicas en busca de una convivencia e interacción social armónica, alejada de conflictos mediante medidas creadas e impuestas por el derecho, legitimado a los poderes establecidos a través del consenso de la ciudadanía que pretende la adhesión de los individuos.
De este modo el conjunto de factores que constituyen la función social del derecho garantizan la convivencia armónica y pacífica que el Estado debe otorgar a la sociedad mediante la conservación y materialización de las prerrogativas necesarias que satisfagan las demandas y necesidades para lograr así el bienestar común.

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